Prestaciones por Paternidad en Paro
La llegada de un nuevo miembro a la familia es un evento trascendental, pero para quienes se encuentran en situación de desempleo, este momento puede venir acompañado de incertidumbres económicas. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha emitido una importante advertencia sobre un error común que podría costar valiosos días de prestación a los padres y madres desempleados.
En el complejo entramado de las ayudas sociales, una de las dudas más frecuentes entre los nuevos padres en paro es la compatibilidad entre la prestación contributiva por desempleo y la prestación por nacimiento y cuidado de menor. El SEPE es categórico al respecto: ambas prestaciones no son compatibles simultáneamente. Esta incompatibilidad se debe a que corresponden a dos sistemas contributivos distintos: la prestación por desempleo, administrada directamente por el SEPE, y la ayuda por nacimiento y cuidado, gestionada y abonada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). No comunicar adecuadamente esta situación puede derivar en incidencias administrativas y retrasos considerables en el cobro de los subsidios.
La clave para evitar la pérdida de días de prestación radica en la correcta suspensión del paro. Si una persona está percibiendo la prestación contributiva por desempleo y entra en una situación de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, es imperativo solicitar la suspensión de su prestación por desempleo para poder comenzar a cobrar la ayuda por nacimiento y cuidado de menor. Es crucial entender que suspender el paro no implica perderlo. Al comunicar la baja al SEPE, la prestación por desempleo queda temporalmente "congelada", lo que significa que durante todo el tiempo que se perciba la prestación por nacimiento y cuidado de menor, no se consumirán los días de paro acumulados.
Una vez finalizado el periodo de la prestación por nacimiento y cuidado de menor, el beneficiario tiene el derecho de reanudar su prestación por desempleo. Esta se retomará con el mismo importe y con la totalidad de los días que le quedaban pendientes antes de la suspensión, sin perjuicio alguno. Para realizar la solicitud de suspensión, el SEPE pone a disposición diversos canales oficiales: la Sede Electrónica, las oficinas de prestaciones con cita previa, o a través de los números telefónicos habilitados. Gestionar este proceso correctamente es fundamental para garantizar la continuidad de las ayudas y evitar contratiempos económicos en un momento tan significativo.





